Aquí se pueden consultar las bonificaciones fiscales que actualmente se pueden aplicar al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), respectivamente (datos relativos a diciembre de 2020). Se recomienda consultar con cada ayuntamiento los trámites necesarios para beneficiarse de ellas. Del mismo modo, también se puede consultar las diferentes deducciones en la declaración de la renta (IRPF) a nivel autonómico y estatal.
Por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual, es posible deducir en la declaración de la renta, tanto a nivel autonómico como estatal, un porcentaje determinado del presupuesto de la instalación, según el nivel de eficiencia alcanzada tras la actuación.
NIVEL AUTONÓMICO
Para más información puede consultar la página de la Agencia Tributaria en Canarias.
NIVEL ESTATAL
Según indica el Real Decreto-Ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se introducen tres nuevas deducciones temporales:
NOTA: estas medidas se ven prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2023 por la aprobación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)» a través del Real Decreto-ley 18/2022, del 18 de octubre.
Hasta un 20% a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 5.000 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda.
Hasta un 40% a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 7.500 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
Hasta un 60% a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 15.000 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética del conjunto del edificio, o mejoren la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
Para más información puede consultar la página de la Agencia Tributaria.
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Para consultas específicas del Programa de concesión de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica en las islas, a partir de fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, o de detalle de las Bases del programa, pueden dirigirse a solicitudes.energiaislas@idae.es
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Programa 3:
Programa 4:
Programa 5:
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